No estoy por debajo de lo "normal", ni valgo "menos", ni soy menos "capaz", sólo "funciono" de manera "diferente".

Legislación N.E.E.

La Orden del 16 de julio del 2001 regula la atención educativa del alumnado con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, derivadas de su historia personal y escolar o de condiciones personales de sobredotación intelectual o de discapacidad psíquica, motora o sensorial, y plurideficientes, que cursa Educación Infantil (2º ciclo) o Educación Primaria.


Esta orden será de aplicación en los centros docentes de régimen ordinario sostenidos con fondos públicos ubicados en el ámbito de gestión de la Generalitat Valenciana.


El currículo de la Educación Infantil y Primaria para la Comunidad Valenciana, de carácter abierto y flexible, permite a través de los distintos niveles de concreción previstos una práctica educativa adaptada a las características del alumnado de cada centro, de cada grupo-aula y, en definitiva, adaptada a cada alumno o alumna concretos, lo que abre una vía general de atención a la diversidad del conjunto del alumnado.

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