La Orden del 16 de julio del 2001 regula la atención educativa del alumnado con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, derivadas de su historia personal y escolar o de condiciones personales de sobredotación intelectual o de discapacidad psíquica, motora o sensorial, y plurideficientes, que cursa Educación Infantil (2º ciclo) o Educación Primaria.

El currículo de la Educación Infantil y Primaria para la Comunidad Valenciana, de carácter abierto y flexible, permite a través de los distintos niveles de concreción previstos una práctica educativa adaptada a las características del alumnado de cada centro, de cada grupo-aula y, en definitiva, adaptada a cada alumno o alumna concretos, lo que abre una vía general de atención a la diversidad del conjunto del alumnado.
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